Que es la nacionalidad por valor de simple presunción

Con arreglo a la Legislación Española, los nacidos en España de padres extranjeros siguen la nacionalidad de sus padres.

El problema surge cuando nos encontramos con países que no reconocen como nacionales los hijos nacidos en el extranjero de sus ciudadanos.

Dicha circunstancia provoca que el niño, nacido en España de padres extranjeros, se convierta en un «apátrida«, es decir, sin nacionalidad.

Para evitar que estos niños sean apátridas, el Código Civil les concede la nacionalidad española con valor de simple presunción.

Así se recoge en el artículo 17. c) del Código Civil que establece que:

Son españoles de origen los nacidos en España de padres extranjeros, si ambos carecen de nacionalidad (apátridas), o si la legislación de ninguno de ellos atribuye al hijo una nacionalidad.

En este caso puede realizarse un expediente en el Registro Civil de su domicilio para declarar la nacionalidad española con valor de simple presunción.