Poder para pleitos

Para interponer la demanda contenciosa-administrativa contra la denegación de la nacionalidad española por silencio negativo, es necesario acompañar a la demanda un PODER GENERAL PARA PLEITOS

Dicho PODER se puede otorgar de dos maneras:

  • En cualquier Notaria
  • Por internet (imprescindible tener certificado digital o Cl@ve)

¿Como otorgar un poder para pleitos por internet?

Instrucciones

  1. Acceda a Sede Judicial del Ministerio de Justicia.

    Haga click aquí: Apoderamientos Apud Actas.
    En “Trámites y Servicios” aparecerá la lista de procedimientos. Seleccione “Apoderamiento Apud Acta”.

  2. Identifíquese

    Con su Certificado Digital o Cl@ve, y seleccione la opción “Poderdante”.

  3. Complete sus datos personales:

    Indique su número de teléfono, correo electrónico, y los datos de su Domicilio.

  4. Complete los datos del apoderado (Abogado y Procurador):

    Introduciendo solo el número de colegiado del Procurador y/o Abogado, y la provincia del Colegio profesional (Madrid), se completarán automáticamente el resto de nuestros datos (nombre, apellidos, correo electrónico, etc).

    – Procurador de los Tribunales de Madrid: Angel Francisco Codosero Rodriguez (Colegiado ICPM 1702)
    – Letrado de Madrid: Miguel Angel Herrero Sánchez (Colegiado ICAM 62907)

  5. Firme con el certificado digital y envíenos el PDF generado